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La Herencia PDF Imprimir E-Mail
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escrito por Ismail Büyükçelebi   
miércoles, 09 de mayo de 2007

Ambos, tanto el derecho individual de controlar nuestra riqueza como el derecho de la colectividad respecto a la riqueza de cada persona, en cuanto a que cada uno es miembro de la sociedad, tienen que ser satisfechos simultáneamente. Los temperamentos individuales difieren enormemente, y la enfermedad u otros accidentes pueden afectar a una persona más allá de toda proporción a la norma. Por lo tanto, cierta disciplina debe ser impuesta sobre cada individuo para el interés de la comunidad.

Por eso, el Islam ha tomado dos acciones: distribuir los bienes de una persona fallecida entre sus familiares cercanos de acuerdo a un método que no puede ser disputado, y restringir la libertad de legar a través de la voluntad y de los testamentos. Los herederos legales no requieren disposición testamentaria y heredan la propiedad en los términos determinados por la ley. Un testamento es requerido sólo para aquellos que no tienen derecho a heredar.

Los padres y los abuelos heredan, y uno no puede adjudicar a un hijo (de mayor o menor edad) más que al otro, basándose en la edad. Antes de que la propiedad sea distribuida, los gastos del funeral deben ser pagados primero, y después a los acreedores, ya que pagar las deudas tiene prioridad sobre los derechos de los herederos. Después de esto, la voluntad del fallecido es ejecutada de tal manera que esta no exceda un tercio de la propiedad restante. Tan sólo después de satisfacer todas estas obligaciones, los herederos son tenidos en cuenta. El cónyuge, padres y descendientes (hijos e hijas) sobrevivientes son los parientes de principales y heredan en todos los casos. Los hermanos, hermanas y parientes más lejanos (es decir, tíos, tías, primos, sobrinos y demás) sólo heredan si no viven los parientes más cercanos.

 
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